¿Cuánto es la pensión de alimentos por un hijo en Chile? Montos 2026
La ley chilena fija pisos y techos claros: mínimo 40% del ingreso mínimo por un hijo ($221.421 en 2026), 30% por cada uno si son dos o más, y un máximo del 50% de los ingresos del alimentante. Aquí está la tabla completa y cómo se fija el monto en la práctica.
Actualizado el 2 de julio de 2026 · Equipo LegalPO
Los montos mínimos legales en 2026
La Ley 14.908 establece una presunción de capacidad económica: se presume que quien debe pagar alimentos tiene los medios para cubrir al menos el mínimo legal, calculado como porcentaje del ingreso mínimo remuneracional (IMR). Desde mayo de 2026 el IMR es de $553.553, por lo que los mínimos quedan así:
| Situación | Porcentaje del IMR | Monto mensual 2026 |
|---|---|---|
| Un hijo | 40% | $221.421 |
| Dos o más hijos (por cada uno) | 30% | $166.066 |
| Tope máximo total | 50% de los ingresos del alimentante | Depende del sueldo |
Ojo con un detalle que genera confusión: estos porcentajes se aplican sobre el ingreso mínimo del país, no sobre el sueldo del padre o madre que paga. Son un piso de protección, no la fórmula del cálculo final.
Cómo fija el tribunal el monto real
Entre el mínimo y el tope del 50%, el juez de familia pondera tres factores: las necesidades de los hijos (educación, salud, vivienda, alimentación, transporte, recreación), la capacidad económica del alimentante (remuneraciones, honorarios, rentas de arriendo, retiros de empresas) y las circunstancias del cuidador principal, porque el trabajo doméstico y de cuidado también se valora como aporte.
En la práctica, si el alimentante gana cerca del sueldo mínimo, la pensión tiende a fijarse en el mínimo legal. Con ingresos mayores, el monto sube en proporción a los gastos acreditados de los hijos: matrícula y mensualidad escolar, plan de salud, actividades, vestuario. Por eso conviene llegar a la audiencia con gastos documentados.
Ejemplo con números
Un alimentante con sueldo líquido de $900.000 y dos hijos: el mínimo legal total sería $332.132 (30% del IMR por cada hijo). El tope máximo sería $450.000 (50% de sus ingresos). Si los gastos acreditados de los niños suman $400.000 mensuales y la madre cuida a los hijos la mayor parte del tiempo, el tribunal probablemente fije una pensión entre esos dos valores, más cercana a la necesidad demostrada.
Reajuste automático
Las pensiones fijadas en UTM o como porcentaje del ingreso mínimo se reajustan solas cada vez que esos valores suben. Si tu pensión quedó fijada en pesos, puedes pedir su reajuste o aumento cuando cambien las circunstancias — como el alza del ingreso mínimo de mayo 2026. Nuestra calculadora de reajuste de pensión te muestra el nuevo valor según IPC.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la pensión de alimentos mínima por un hijo en 2026?
Con el ingreso mínimo de $553.553 vigente desde mayo de 2026, la pensión mínima por un hijo es $221.421 mensuales (40% del ingreso mínimo remuneracional). Este piso aplica salvo que el alimentante acredite que no tiene capacidad económica para pagarlo.
¿Cuánto es el mínimo si tengo dos o más hijos?
Cuando hay dos o más hijos, el mínimo baja al 30% del ingreso mínimo por cada uno: $166.066 mensuales por hijo en 2026. Por dos hijos, el mínimo total es $332.132.
¿Existe un máximo de pensión de alimentos?
Sí. Por ley, la pensión no puede exceder el 50% de los ingresos del alimentante, sin importar cuántos hijos tenga. Dentro de ese tope, el tribunal fija el monto según las necesidades de los hijos y la capacidad económica de ambos padres.
¿El porcentaje se calcula sobre el sueldo líquido o bruto?
Los mínimos legales (40% y 30%) se calculan sobre el ingreso mínimo remuneracional, no sobre el sueldo del alimentante. El tope del 50%, en cambio, se evalúa sobre los ingresos totales del alimentante, considerando su remuneración líquida y otras rentas comprobables.
¿Qué pasa si el padre no tiene trabajo estable?
La obligación no desaparece. El tribunal puede fijar la pensión considerando su capacidad económica potencial, y se presume que el alimentante tiene medios para pagar al menos el mínimo legal. La cesantía debe acreditarse y no exime automáticamente del pago.